Ensayo analítico crítico-radical. Matrimonio Civil Igualitario en Venezuela

Hacia una ley socialista bolivariana sobre el matrimonio igualitario (Fundamentos jurídicos socio-culturales sexodisidentes)

Autora: Chea Rodríguez

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Chea Rodríguez es una mujer transgénera venezolano-lanzaroteña (islas canarias), docente universitaria en las áreas de comunicación social, economía y derecho en la Universidad Bolivariana de Venezuela. Cantautora, música y bailarina en espacios comunitarios.

Chea además es activista de las causas sexodisidentes y de la política socialista bolivariana. Ha dado su apoyo importante para la redacción del proyecto de ley de matrimonio civil igualitario que será entregado ante la Asamblea Nacional en los próximos meses.

Galardonada con la orden Waraira Repano por la Cámara Municipal del Municipio Libertador por sus méritos sobresalientes en el campo cultural, científico, del trabajo y actividades orientadas al proceso y desarrollo moral y social de la colectividad en el contexto Nacional e Internacional, y particularmente por sus aportes a la Comprensión, Fomento, Respeto y Desarrollo de las Comunidades Sexodisidentes.

Es copartícipe y redactora del acuerdo acogido por la Cámara Municipal de Sucre en el estado Miranda declarando el 17 de mayo como Día Municipal contra la Transgénerofobia, Intersexofobia, Bisexofobia, Lesbofobia y Gaysfobia, y copartícipe y redactora de una serie de medidas político-administrativas recomendadas al presidente Nicolás Maduro en abril 2013 en favor de la sexodisidencia.

Firma a favor del Proyecto de Ley de Matrimonio Civil Igualitario en Venezuela pues considera que:

- “La” familia matrimoniada heterosexista, sexista, con fines básicamente reproductivos y patrimoniada no es la única forma de familia posible;
- El matrimonio constituye un derecho humano solicitado por parejas pobres, clasemedias y ricas como una de las varias formas de uniones civiles posibles que debe democratizarse y alcanzar a las parejas sexodisidentes y a sus familias;
- Los derechos igualitarios marcan la diferencia entre socialismos progresistas (como el nuestro-venezolano) de socialismos que no lo son, atacando las estructuras típicas burguesas (que han practicado la exclusión jurídica) y la macro-ideología hetero-socio-culturada que estos últimos comparten: la división sexual del trabajo, “la” familia, las relaciones machistas en la pareja y los prejuicios que oprimen a los y las sexodisidentes;
- Es inconstitucional una interpretación literal del Artículo 77 porque rompe la coherencia de la carta magna, contradiciéndola, ya que al dar autonomía a algunos derechos para prescindir de otros esencialísimos como la democracia y la justicia, la igualdad y la no discriminación, se afecta la interdependencia e indivisibilidad de DDHH y de la propia CRBV.

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