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Diferentes sí, separados no

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La lucha por la reivindicación de los derechos de personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales, Trangéneros e Intersexuales (LGBTI) en Venezuela, se ha visto inmersa en una serie de obstáculos con acciones u omisiones que de cierto modo, patentan la desigualdad jurídica. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en el año 2008, emitió la conocida Sentencia 190/2008 [1] , conocida por muchos como la “Sentencia sí pero no”, la cual en resumen, establece: 1) que las personas LGBTI están amparadas por el Derecho a la No Discriminación, establecido en el Artículo 21 de la Constitución [2] ; 2) que las uniones de hecho entre personas del mismo sexo no están prohibidas ni condenadas por la Norma Suprema, simplemente no les otorga una protección reforzada y 3) finaliza estableciendo que corresponde al Legislador, la regulación de otras formas de uniones de hecho, abrazando la teoría del “tratamiento igual a los iguales y desigual a los desiguales”. Una teoría que la ...